Supuesto 8
Enunciado
El departamento de Economía de un IES de la Comunitat Valenciana detecta que una alumna con discapacidad auditiva severa (usuaria de audífono, sin intérprete de lengua de signos) y un alumno con TDAH presentan dificultades significativas en la unidad sobre balances y cuentas anuales de Economía de la Empresa de 2.º de Bachillerato.
Se pide:
- Justifique el marco normativo que obliga a la atención a la diversidad en Bachillerato y su encaje en la LOMLOE y el Decret 104/2018 (CV).
- Adapte una actividad de construcción de un balance tipo mediante los tres principios DUA (CAST, 2018), detallando medidas concretas para cada perfil.
- Diseñe una rúbrica simplificada para evaluar esta actividad adaptada con 3 criterios y 3 niveles.
- Indique cómo se coordina el docente de Economía con el departamento de orientación.
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La atención a la diversidad en Bachillerato se fundamenta en un triple nivel normativo:
- LOMLOE (LO 3/2020, art. 22, 71-79 y Principio f del art. 1): la equidad y la inclusión son principios del sistema educativo español. El art. 71 obliga a los centros a adoptar medidas organizativas y curriculares para atender al alumnado con NEAE, incluidos los ciclos postobligatorios.
- RD 243/2022 (art. 14 y Anexo II): contempla medidas ordinarias y específicas de atención a la diversidad para Bachillerato, entre ellas adaptaciones metodológicas y de instrumentos de evaluación (no de los criterios de evaluación ni de los saberes básicos en Bachillerato, salvo en casos excepcionales y con informe del departamento de orientación).
- Decret 104/2018 (Conselleria d’Educació, GVA): regula la inclusión educativa en el sistema educativo valenciano. Establece los niveles de respuesta educativa (LOMLOE + Decret valenciano): respuesta ordinaria (medidas generales de centro y aula), respuesta especializada (Planes de Actuación Personalizada, PAP) y respuesta extraordinaria (escolarización en CIE). Para estos dos perfiles, la respuesta es ordinaria (medidas de aula sin reducción curricular).
Clave: en Bachillerato las adaptaciones son metodológicas, nunca rebajan el nivel de exigencia de los criterios de evaluación vinculados a las competencias específicas del Anexo II del RD 243/2022 (Resolució de la Direcció General d’Ordenació, GVA, 2023).
Actividad original: el alumnado recibe los datos contables de la empresa ficticia “Frutas Levante S.L.” (activo, pasivo, patrimonio neto) y construye un balance clasificado a 31-12-2023 en formato tabla, con una breve interpretación del ratio de endeudamiento.
Adaptación mediante los tres principios DUA (CAST, 2018, Guidelines 3.0):
Principio 1 — Múltiples formas de representación (¿cómo se presenta la información?):
- Para la alumna con discapacidad auditiva: las instrucciones orales del docente se complementan siempre con instrucciones escritas visibles en la pantalla del aula (subtitulado en tiempo real con Google Meet o Otter.ai en modo proyección). La corrección en pizarra se acompaña de texto escrito paso a paso.
- Para el alumno con TDAH: las instrucciones se segmentan en tarjetas individuales (una tarea por tarjeta): “Paso 1: Clasifica el activo no corriente”; “Paso 2: Clasifica el activo corriente”, etc. Esto reduce la carga cognitiva y los saltos de atención.
- Para todos: glosario visual con 6 términos clave (activo, pasivo, patrimonio neto, inmovilizado, ratio de endeudamiento, fondo de maniobra) en cartel físico y digital.
Principio 2 — Múltiples formas de acción y expresión (¿cómo muestra el aprendizaje?):
- Opción A: construcción de la tabla en Excel/Calc con las celdas de suma prefórmuladas (reduce la carga ejecutiva del alumno con TDAH).
- Opción B: construcción manual en la plantilla impresa con casillas delimitadas (reduce la confusión visual).
- Opción C (para quienes dominen más): interpretación oral grabada del ratio de endeudamiento (opción válida para la alumna sorda que se exprese mejor en voz que en texto).
Principio 3 — Múltiples formas de implicación (¿qué motiva y compromete?):
- Contexto real: los datos de “Frutas Levante S.L.” se basan en el sector agrario valenciano (exportaciones de cítricos, 2023), cercano al alumnado del IES.
- Alumno con TDAH: se establece un acuerdo explícito de autonomía gestionada (“cada 10 minutos compruebas con la tarjeta qué paso llevas”) y una señal visual de pausa pactada previamente.
- Alumna sorda: acceso al material digital 48 horas antes para prelectura y preparación de preguntas (reducción de la barrera del procesamiento auditivo en tiempo real).
Criterio 1 — Clasificación correcta de las masas patrimoniales (50%)
- Adecuado (7-10): Clasifica correctamente activo corriente/no corriente y pasivo corriente/no corriente/PN con 0 o 1 error de ubicación.
- En proceso (5-6): Clasifica correctamente al menos 3 de las 5 masas patrimoniales, con errores en los más complejos (provisiones, deterioros).
- Insuficiente (0-4): Clasifica correctamente menos de 3 masas o confunde activo con pasivo sistemáticamente.
Criterio 2 — Equilibrio contable y cierre del balance (30%)
- Adecuado: Activo = Pasivo + PN. Los totales de cada masa cuadran.
- En proceso: El balance no cuadra por error aritmético menor (≤500 €), identificado y señalado por el alumno/a en la entrega.
- Insuficiente: El balance no cuadra por error conceptual (confunde patrimonio neto con resultado del ejercicio, etc.).
Criterio 3 — Interpretación del ratio de endeudamiento (20%)
- Adecuado: Calcula correctamente Pasivo Total / Patrimonio Neto (o la variante elegida), interpreta si la empresa está demasiado endeudada y propone una conclusión justificada (ej. “con ratio 2,1 el 67% de la financiación es ajena; el límite aceptable está en torno a 1,0-1,5”).
- En proceso: Calcula el ratio correctamente pero la interpretación es superficial.
- Insuficiente: No calcula el ratio o la fórmula usada es incorrecta.
El proceso de coordinación sigue los protocolos del Decret 104/2018 (GVA) y la Instrucció de la Direcció General d’Ordenació 2022-23:
- Reunión inicial de trimestre entre el tutor/a, el orientador/a del centro y el docente de Economía para revisar el PAP (Plan de Actuación Personalizada) o el informe de necesidades de cada alumno/a. El docente recibe indicaciones concretas sobre medidas metodológicas recomendadas (no sobre reducción curricular).
- Registro en las ACTAS de departamento de las medidas adoptadas (tipo de adaptación DUA, ajuste de instrucciones, formato de entrega alternativo). Esto garantiza la trazabilidad y la coherencia entre docentes.
- Feedback al departamento de orientación tras la evaluación: el docente informa si las medidas han sido suficientes o si se detecta una necesidad más especializada (que podría derivar en una respuesta especializada, nivel II del Decret 104/2018).
Adaptación DUA de actividad de balance para alumna con discapacidad auditiva severa y alumno con TDAH: tres principios CAST operativizados con medidas concretas por perfil, rúbrica simplificada de 3 criterios y 3 niveles, coordinación con orientación según Decret 104/2018 (GVA). Sin reducción curricular: los criterios de evaluación del RD 243/2022 se mantienen íntegros.
El DUA es el marco legal y pedagógico de referencia para la inclusión en el sistema educativo español (LOMLOE, Decret 104/2018 en la CV). En Bachillerato, la clave es la distinción entre adaptaciones metodológicas (permitidas y obligatorias) y adaptaciones curriculares significativas (excepcionales y con informe del departamento de orientación). Presentar esta distinción al tribunal demuestra conocimiento normativo y criterio pedagógico. Ausubel (1968) ya señalaba que los “conocimientos previos” son el factor más influyente en el aprendizaje: en el caso del alumno con TDAH, la segmentación de instrucciones no reduce el nivel sino que ajusta el acceso al aprendizaje a su perfil cognitivo.